jueves, 14 de marzo de 2013

Ya es ley el nuevo régimen de personal doméstico


La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad y convirtió en ley el proyecto que crea el régimen para el personal de casas particulares.
A continuación se detallan algunos puntos sobresalientes de la nueva normativa:
  • se  establece que la jornada de trabajo no podrá exceder las ocho horas diarias o 48 horas semanales, y fija un descanso semanal de 35 horas corridas a partir del sábado a las 13. Contempla la posibilidad de realizar horas extras, las cuales se computaran como pagos extra claramente establecidos.
  • aplica una licencia anual ordinaria con pago de la retribución normal y habitual de 14 a 35 días, y una licencia paga por enfermedad o accidente inculpable de hasta seis meses, ambas dependiendo de la antigüedad del trabajador.
  • se incluye el pago de indemnizaciones de acuerdo la Ley de Contrato de Trabajo, es decir un sueldo por cada año trabajado. El decreto que regía la actividad fijaba sólo medio sueldo por año-.
  • dispone que los empleados deberán contratar de manera obligatoria una ART ante la posibilidad de accidentes laborales. Esto ya estaba contemplado en el Decreto 491/97, aun no reglamentado.
  • prohíbe la contratación de menores de 16 años, y establece que la jornada para los trabajadores de esta edad hasta los 18, la cual no podrá superar las seis horas diarias de labor y 36 horas semanales, debiendo se estas diurnas y con retiro.
  • obliga al trabajador a contar con una libreta de trabajo y encomienda al Ministerio de Trabajo -junto con la AFIP- elaborar un sistema de registro simplificado en este sentido.
  • en el caso de los trabajadores domésticos contratados antes de sancionada la ley, el proyecto otorga 180 días corridos para que los empleadores regularicen su situación. Cabe destacar que se considera como “trabajo doméstico” también al cuidado de personas enfermas.
Mediante la  nueva ley se pone fin al antiguo régimen laboral regido por un decreto del año 1956.


Por consultas: 
Dir.: Av. Pedro Zanni 1032  Planta Alta - Paraná – Entre Ríos
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Cra. Lucrecia Karina Abasto



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