martes, 30 de octubre de 2012

Formulario 960/NM - Data Fiscal

A partir del 31 de octubre todos los contribuyentes deberán cumplir con la exhibición del formulario 960/NM – Data Fiscal.
La AFIP había dispuesto diferentes días para el inicio del cumplimiento de la obligación, de acuerdo a la terminación del número de CUIT del contribuyente.
A continuación podrá ver información de utilidad respecto a esta nueva exigencia del organismo de control.

Formulario 960/NM – Data Fiscal
Definición: es un formulario que le permite conocer al consumidor o público general el comportamiento fiscal de un comercio. Cuando se acerca al formulario un  por medio de dispositivo móvil de última generación, a una distancia máxima de 1 metro, se realiza la lectura del código de respuesta rápida (QR) impreso en el mismo, el cual nos brinda información fiscal del contribuyente.

Obligados a exhibirlo: los contribuyentes y/o responsables que realicen actividades comerciales con consumidores finales, y se encuentran obligados a emitir facturas o documentos equivalentes.
El formulario debe ser exhibido en todos los locales de venta, locación o prestación de servicios —incluyendo lugares descubiertos—, salas de espera, oficinas o áreas de recepción y demás ámbitos similares que posea el contribuyente.

Forma de obtenerlo: se debe ingresar a la página institucional de la Administración Federal, y acceder al Servicio Web “Formulario 960/NM – DATA FISCAL” por medio de su “Clave Fiscal”, la cual deberá tener como mínimo Nivel de Seguridad 2 o superior


Lugar en que debe ser colocado
: el formulario tiene que ubicarse en un lugar visible y destacado a una distancia máxima de 1 metro a aquel en el que se realice el pago de la operación respectiva, de manera tal que permita capturar el código respuesta rápida (QR) impreso en el mismo. Quienes posean vidriera en el local o establecimiento deben, además, exhibir dicho formulario contra el vidrio, en un lugar visible para el público desde el exterior del local o establecimiento, pudiendo el mismo ser de una dimensión de hasta tamaño A6.

Cuando se utilicen máquinas registradoras —emisoras de tique o vales— o controladores fiscales,  se debe exhibir un Formulario Nº 960/NM – “Data Fiscal” por cada máquina o controlador fiscal instalado. 
Los sitios web de los contribuyentes y/o responsables que realicen operaciones de venta de cosas muebles, locaciones y prestaciones de obras y/o servicios por cuenta propia y/o de terceros, deberán colocar en un lugar visible de su página principal, el logo “Formulario Nº 960/NM - “Data Fiscal”, con su correspondiente hipervínculo que la A.F.I.P. provee a tales fines.

Fuente: www.afip.gob.ar







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