Mediante
Resolución 3525 la AFIP establece las siguientes precisiones sobre
el decreto 1242/2013 a fin de practicar las retenciones a partir del mes de
setiembre de 2013:
- Considerando la mayor remuneración y/o haberes brutos mensuales, devengados de enero a agosto de 2013, detalla que:
*si en ese período
ninguna remuneración bruta mensual devengada supera los pesos quince mil
$ 15.000, la ganancia neta sujeta a impuesto será cero.
*si en ese período
alguna remuneración mensual bruta devengada resulta superior a pesos quince mil
($ 15.000), y hasta pesos veinticinco mil ($ 25.000), se le aplicará una
aumento de las deducciones en un veinte por ciento 20%, o del 30% para aquellos
los habitantes de la Patagonia.
*en caso que supere la
suma de pesos veinticinco mil $ 25.000, se encuentra excluido beneficios
de la nueva normativa.
- Las remuneraciones a considerar serán las mensuales, normales y habituales, entendiéndose como tales aquellas que correspondan a conceptos que se hayan percibido, como mínimo, durante al menos seis 6 meses del período al que se hace referencia la normativa (enero a agosto)
- Cuando no se hayan devengado remuneraciones y/o haberes en la totalidad de los meses de enero a agosto del año 2013, se considerarán los conceptos que se hayan percibido, como mínimo, en el setenta y cinco por ciento (75%) de los meses involucrados.
- Cuando se trate de inicio de actividades y/o cobro de haberes previsionales a partir del mes de setiembre de 2013, se considerará el mes de inicio. En el supuesto que no se trate de un mes completo, deberá mensualizarse el importe percibido.
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