domingo, 18 de agosto de 2013

Recategorización cuatrimestral - Septiembre 2013

Durante el mes de septiembre, debe realizar la recategorización cuatrimestral.

El 20 de septiembre próximo, además del pago de la obligación mensual, vence el plazo para la recategorización correspondiente al segundo cuatrimestre del año 2013.

A los fines de definir si corresponde o no la recategorización, se deberá calcular los ingresos brutos obtenidos y la energía eléctrica consumida durante los últimos 12 meses calendarios y, en algunos casos, la superficie afectada a la actividad y el monto de alquileres devengados en ese período.

Cuando estos parámetros sean superiores o inferiores a los delimitados en la categoría en la que actualmente se encuentra, deberá recategorizarse. Si no se registra ningún cambio, la categoría seguirá siendo la misma y, por lo tanto, no deberá realizar ningún trámite.

Períodos a considerar

Período a considerar
Vencimiento para la recategorización
septiembre/2012 a agosto/2013
       20 de septiembre de 2013


Primer pago de la nueva categoría

El pago de la nueva categoría corresponderá efectuarse desde el mes de octubre de 2013. Vencimiento: 21 de octubre de 2013.




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